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Roger Heli Díaz Guillén

¿Que impide regularizar el parque nacional Cañón del Sumidero?

En documento informativo sin firma de fecha 12 de enero de 2023 donde se lee para: Lic. Andrés Manuel López Obrador Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos; de: Ing. María Luisa Albores González Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, relacionado con opinión respecto al tratamiento del problema de décadas del parque nacional Cañón del Sumidero en el estado de Chiapas. En escrito esta secretaría reconoce que “antes del 2005 el Parque fue administrado por diversas dependencias, con nula presencia y atención lo que favoreció el crecimiento de asentamientos humanos irregulares, en Tuxtla Gutiérrez y Chiapa de Corzo, eliminando por completo los ecosistemas del área natural protegida en 3,081-28-13 ha”, cuando en verdad del 2005 al 2015 fue el crecimiento mayor de asentamientos humanos en la zona.

Reconoce que su estrategia después del 2005 no fue priorizar el ordenamiento territorial e instrumentar programa de manejo, destacando en documento que para “frenar el avance de la mancha urbana la CONANP generó estrategias con presencia de guardaparques, desocupación de predios recién invadidos, establecimiento de un muro de contención, acuerdo de gobernanza con colonias irregulares y una propuesta de modificación del decreto”. Asumiendo que a través de la CONANP elaboró Estudio Técnico Justificativo que publicó el 27 de noviembre de 2012 en el DOF “que justifica la expedición del Decreto por el que se pretende modificar la superficie del Área Natural Protegida Parque Nacional Cañón del Sumidero, ubicada en el Estado de Chiapas”; aunque existen antecedentes de publicación del 2007, habiendo transcurrido ya casi dos décadas sin haber concluido este procedimiento con un decreto modificatorio del parque nacional.

Se cuenta con escrito que la CONANP dirigió a las 92 colonias urbanas “irregulares” en tierras del parque nacional de septiembre de 2021, donde informa que desde el año 2020 presidencia de la republica le fue enviado el proyecto de decreto y opinión jurídica de la SEMARNAT, que al amparo de la tarjeta informativa que referimos a sido una omisión y mentira más, al observar en citada tarjeta de enero de 2023 que dicho proyecto de decreto todavía no se ha enviado a presidencia de la república en razón que, según precisa, “actualmente, el proyecto se encuentra listo para enviar a Consejería Jurídica de la Presidencia de la República para su revisión, validación y publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

El tema de fondo en la posición institucional del sector ambiental federal no es sustantivamente la omisión y tiempo excesivo del procedimiento modificatorio de un área natural protegida que ya hemos analizado; sino el hecho que para la publicación del nuevo decreto modificatorio la SEMARNAT recomiende al presidente se condicione su publicación a la aceptación del gobierno del estado de Chiapas y Tuxtla Gutiérrez de construir y reforzar barda perimetral de concreto por más de 11 mil 500 metros lineales en la parte noroeste de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas donde se han presentado nuevos asentamientos humanos irregulares en los últimos años.

Esta recomendación institucional aun cuando es una facultad como responsable del medio ambiente, debería ser una acción complementaria al considerar que la publicación del decreto modificatorio del parque nacional cañón del sumidero responde a un interés público donde los derechos humanos, la biodiversidad y el medio ambiente son materias que no pueden estar condicionadas a recomendaciones que en el proceso pueden atenderse a partir de las responsabilidades de los tres niveles de gobierno y responsabilidades ciudadanas por el medio ambiente. Es una expresión ecocida el no atender un problema de interés público que no puede estar solo en la agenda política sino también en la agenda de acciones de gobiernos para atender la vida y bien común; dejando de atenderse la recomendación de la CNDH12/2019 “sobre el incumplimiento de la conciliación respecto a la violación al derecho humano a un medio ambiente sano, por la falta de acciones para garantizar la protección y preservación del parque nacional cañón del sumidero y sus alrededores, en agravio de los habitantes del municipio de Chiapa de corzo, estado de Chiapas” del 9 de abril de 2019 que este gobierno que concluye no ha dado atención o iniciado acciones.

El cañón del sumidero y 300 mil habitantes de 92 colonias populares urbanas están sujetos al humanismo y voluntad política de gobierno, donde la determinación por la vida, derechos humanos, bien común, bienestar social y desarrollo en este caso, parque nacional Cañón del Sumidero, no está sujeta a un presupuesto que impacte el ejercicio de gobierno y si sienta las bases para la debida administración de esta área natural protegida que durante 44 años no ha tenido un programa de manejo que armonice la vida humana con la vida silvestre y biodiversidad, con lo que se cumplirían parcialmente y de forma sustantiva las recomendaciones 26/2026 y 12/2019 de la CNDH, respectivamente.

Este 2024 como año de transición de gobiernos, el cañón del sumidero es tema de orden, medio ambiente y cultura por la vida donde la pelota está en la cancha de presidencia de la república que tiene dos caminos. El resolver antes de concluir el gobierno para ser consecuente en su decir y hacer o; heredar un problema que durante 28 años no ha querido ser resuelto y que atenta la vida y existencia de un área natural y; derechos humanos de 300 mil habitantes diseminados en 92 colonias de dos municipios. La población afectada continuará en el camino del derecho a instancia del poder judicial federal en espera de justicia y protección a través de amparos colectivos interpuestos desde diciembre de 2023, que después de tres prevenciones finalmente una demanda ha sido admitida y otra se encuentra en recurso de queja.

Lo que impide regularizar y ordenar la vida en el parque nacional es la omisión y la voluntad política de gobierno que podrá atenderse hasta el momento que se reconozca que el cañón del sumidero no es un mundo feliz que únicamente fue declarado como parque nacional sin que se haya dado cumplimiento a las obligaciones de estado para su funcionamiento, administración y sostenibilidad desde cerca de medio siglo; naciendo con inconsistencias legales y técnicas territoriales que no le han permitido cumplir con lo ordenado en el mismo decreto como la expropiación de sus tierras, la delimitación de las formas de propiedad a su interior; elaboración, aprobación y publicación de su programa de manejo; siendo por tanto irregular los permisos y autorizaciones que la CONANP y SEMARNAT autorizan en el parque nacional como las cooperativas de lancheros y empresas turísticas, ya que no cuentan con el instrumento normativo que funde y norme dichas autorizaciones de uso, acceso y disposición del territorio.

Regularizar y expedir un nuevo decreto del parque nacional es una necesidad social y ambiental que debe atenderse de forma responsable, Chiapas debe caminar para rescatar sus áreas naturales protegidas antes que estas desaparezcan como ya sucedió con la reserva de conservación de flora y fauna Chankin en la selva Lacandona.

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