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M de R/ Diario de Chiapas

El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) de Chiapas, aprobó en sesión ordinaria, resolver diversos Procedimientos Ordinarios Sancionadores, en contra de funcionarias y funcionarios municipales de Ixhuatán, Suchiate, Pichucalco, Reforma, La Concordia y Tuzantán, lo anterior, al acreditarse plenamente la responsabilidad administrativa por la difusión de propaganda institucional con promoción personalizada, la cual está expresamente prohibida por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la normatividad electoral.

 Al respecto, el párrafo octavo del artículo 134 constitucional, establece que la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social en ningún caso incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

El consejero presidente Oswaldo Chacón Rojas dijo que, vale la pena recordar la importancia de respetar las reglas establecidas en la Constitución y normatividad respectiva y es pertinente un llamado al juego limpio previo al inicio de la contienda electoral. “En unas semanas dará inicio el plazo para las precampañas, que será el 22 de enero de 2021, y es digno reconocer a la Comisión de Quejas y Denuncias de este Instituto por atender las quejas presentadas por actos de promoción personalizada”.

Cabe aclarar que, en todos los casos de promoción personalizada, se dará vista al H. Congreso del Estado, a la Auditoría Superior del Estado y al pleno de los Cabildos de los H. Ayuntamientos respectivos, para los efectos legales a que haya lugar para su conocimiento y de acuerdo a su competencia procedan conforme a derecho corresponda; lo cual deberán informar a este organismo electoral.

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