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Sin excusas, Carlos Morales debe retirar su descarada promoción

Marco Alvarado/ Diario de Chiapas

Carlos Orsoe Morales Vázquez sí incurrió en violaciones a la Constitución federal y el Código de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, determinó la Comisión Permanente de Quejas y Denuncias del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC).

Esta comisión inició el procedimiento de radicación, admisión y emplazamiento, de la queja formulada en contra de Carlos Morales, dentro del Procedimiento Ordinario Sancionador IEPC/PO/CG/CQD/EAMR/001/2020, por la probable promoción personalizada, expresamente prohibida por la normatividad electoral.

Como lo indica la ley, sin importar los medios a través de los cuales se realiza esta difusión, es claro que el gobierno municipal debe sujetarse a la norma, incluso en el uso de sus cuentas oficiales en redes sociales, aunque la ley federal textualmente ordena: “Se prohíbe el uso de nombres, imágenes, voces y símbolos relacionados con la promoción de cualquier servidor público”.

En este sentido, la Comisión declaró procedente la imposición de la medida cautelar en el Cuadernillo Auxiliar de Medidas Cautelares, con número de expediente IEPC/PO/CAMC/CG/CQD/EAMR/001/2020, iniciada con motivo de la denuncia presentada dentro del expediente IEPC/PO/CG/CQD/Q/EAMR/2020, en contra del presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez.

Ahora, como parte de la Medida Cautelar, tendrá que realizar el retiro total de su imagen y nombre de toda propaganda institucional que se publicita en la página oficial de internet del Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez, así como en las distintas redes sociales: Facebook, YouTube y Twitter, ejecución que deberá realizar dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación del Acuerdo.

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