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Acta de Independencia de México

Roque Gil Marín Vassallo

Comitán, Chiapas

28 de septiembre de 1821

“La Nación Mexicana que, por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre el uso de la voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido.

Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la empresa, eternamente memorable; que un genio, superior á toda admiración y elogio, por el amor y gloria de su Patria, principió en Iguala, Prosiguió y llevó al cabo, arrollando obstáculos casi insuperables.

Restituida, pues, esta parte del Septentrión al exercicio de cuantos derechos le concedió el Autor de la Naturaleza, y reconocen por Inagenables y sagrados las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituirse del modo que más convenga a su felicidad; y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios; comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y declara solemnemente, por medio de la Junta Suprema del Imperio que es Nación Soberana, e independiente de la antigua España, con quien en lo sucesivo no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha en los términos que prescribieren los tratados; que entablará relaciones amistosas con las demás potencias executando, respeto de ellas, cuantos actos pueden y están en posesión de executar las otras naciones Soberanas; que va á constituirse, con arreglo á las bases que en el Plan de Iguala y tratado de Cordoba estableció, sabiamente, el primer Jefe del Ejército Imperial de las Tres Garantías; y en fin que se sostendrá, á todo trance, y con sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos, (si fuera necesario) esta solemne declaración, hecha en la capital del Imperio a veinte y ocho de Setiembre del año de mil ochocientos veinte y uno, primero de la Independencia Mexicana”. (1)

Firman esta Acta:

Agustín de Iturbide.-Antonio Obispo de Puebla.-Juan O´donojú.-Manuel de la Bárcena.-Matías Monteagudo.-Isidro Yañez.-Licenciado Juan Francisco de Azcárate.-Juan José Espinoza de los Monteros.-José María Fagoaga.-José Miguel Guridi y Alcocer.-El Marqués de Salvatierra.-El Conde de Casa de Heras Soto.-Juan Bautista Lobo.-Francisco Manuel Sánchez de Tagle.-Antonio de Gama y Córdova.-Juan Manuel Sartorio.-Manuel Velásquez de León.-Manuel Montes Argüelles.-Manuel de la Sota Riva.-El Marqués de San Juan Rayas.-José Ignacio García Illueca.-José María Bustamente.-José María Cervantes y Velasco.-Juan Cervantes y Padilla.-José Manuel Velásquez de la Cadena.-Juan de Orbegoso.-Nicolás Campero.-El Conde de Xala y de Regla.-José María Echebeste y Valdivieso.-Manuel Martínez Mansilla.-Juan Bautista Raz y Guzmán.-José María Jáuregui.-José Rafael Suárez Pereda.-Anastasio Bustamante.-Isidro Ignacio de Icaza.-Juan José Espinoza de los Monteros, Vocal Secretario.

Tendralo entendido la Regencia mandándola á imprimir, publicar y circular:

México, 6 de octubre de mil ochocientos veinte y uno, primero de la Independencia de este Imperio.-Antonio, Obispo de Puebla, Presidente.-Juan José Espinoza de los Monteros, Vocal Secretario.-José Rafael Suárez Pereda, Vocal Secretario.

(1) Se respeta la ortografía original.

Colección privada del Dr. Roque Gil Marín Vassallo. Decano de los Cronistas de Comitán.

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