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Echa SCJN abajo reforma electoral

Ainer González / Diario de Chiapas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió como inconstitucional la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas, aprobada en junio de este año por la LXVII Legislatura del Congreso del Estado.

Durante la sesión remota realizada este 3 de diciembre, el pleno de la SCJN invalidó por falta de consulta a las comunidades indígenas y afromexicanas, el Decreto 235, por el cual se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el Decreto 237, por el que se expidió la Ley de Participación Ciudadana, ambos del Estado de Chiapas, publicados el 29 de junio de 2020.

El proyecto presentado por el ministro, José Fernando Franco González Salas, determinó que el contenido de las disposiciones aludidas incidía directamente en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas del Estado, por lo que, como se estableció en múltiples precedentes, de acuerdo con los artículos 1 y 2 de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la OIT, las autoridades locales se encontraban obligadas a realizar una consulta de forma previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe en la que participan dichos grupos.

El pleno atribuyó como acción de inconstitucionalidad el expediente número 158/2020 y sus acumuladas 159/2020, 161/2020, 224/2020 y 227/2020, en materia electoral, en donde se determinó por mayoría de votos declarar la invalidez del decreto 235 por medio del cual se emitió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas, como el decreto 237 por medio del cual se emitió la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.

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