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Derechos de la Cultura y la Naturaleza

Roger Heli Díaz Guillén

Chiapa de Corzo, Chiapas

Dentro de los Poderes del Estado Mexicano, los ciudadanos y/o el pueblo como soberanía viva, cuenta con organismos y/o instituciones que asumen el bien común y derechos humanos, ciudadanos, civiles y colectivos reconocidos constitucionalmente como Poderes Legislativo y Judicial. Aliados naturales de la Sociedad Civil.

El Poder Legislativo se integra por representantes de la Sociedad Civil que tiene como responsabilidad moral, legislar y gestionar temáticas de política pública que respondan al interés y bien común de la realidad social ciudadana y biodiverso que representan.

En este propósito y entre muchos otros temas, me permito destacar que resulta sustantivo dada la particularidad de Chiapas, el tema de los Derechos de la Cultura y los de la Naturaleza que abona, como invita Eduardo Madrigal en un trabajo del 2014, a la construcción de un régimen político más inclusivo y participativo para la ciudadanía del Siglo XXI, que considere la integración de las minorías étnico-culturales al tejido mayor del sistema político y cultural predominante, basado en el respeto a la multiculturalidad del estado y el respeto a los Patrimonios Culturales y biodiversos de las Comunidades y Pueblos indígenas, históricos, mágicos, rurales y urbanos.

Representando un reto legislativo atender de forma crítica y científica la revisión a los artículos 4, 115, 116, 117 y 118 Constitucional, observando la ausencia de responsabilidades de los gobiernos municipales y estatales en materia de derechos colectivos vinculados a los derechos de la Cultura y la Naturaleza, definición de Cultura Nacional o Multiculturalidad en México y reconocimiento Constitucional de otros Pueblos como los Culturales, Rurales, Históricos y Mágicos.

México vive con una laguna de leyes y falta de políticas públicas apropiadas y necesarias, derivada de una indebida problematización de la vida cotidiana que vincule al desarrollo basado en bienestar social, bien común, identidad, biodiversidad, territorios y estado de derecho; dejando de dar importancia a los Derechos Colectivos que empezó a incorporarse al Derecho mexicano con reformas en agosto de 2011, en que se expidió decreto por el que se reforman y adicionan diferentes Códigos y Leyes como el Código Federal de Procedimientos Civiles que incorporó “De las acciones colectivas”, y Ley de Amparo (2013), que incorporó un tercer tipo de interés jurídico: el Legítimo Colectivo.

Hoy son tiempos de incorporar nuevas Categorías de ciencias, como la Antropología Social, Etnología, Sociología, Biología y Ecología al diccionario de Política de Partidos y al de Políticas públicas de los Gobiernos; el derecho ha dado la pauta, adoptando nuevas categorías jurídicas para empoderar los derechos humanos civiles, políticos y colectivos.

La política pública incluyente con legitimación social, debe nutrir y acompañar a la Visión y Acción Legislativa y al Buen Gobierno.

¡Con voluntad, se puede!

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